ÁREA MERCANTIL

Esta área se aboca principalmente a asesorar, prevenir y tramitar en toda clase de actos que tienen si origen en la materia comercial, actos entre particulares y comerciantes ,actos de comercio generados por las empresas o sociedades.

En cuanto a la asesoría y prevención realizamos un estudio de personas físicas o morales que soliciten a nuestros clientes créditos para los cuales constatamos su solvencia económica, bienes con los que cuentan, que cumplan con determinados requerimientos y viabilidad de la recuperación del crédito que en su momento se otorgue.

Por lo que respecta al área litigiosa podemos contemplar en la misma, además de la asesoría, la presentación de demandas contestación de embargos, ofrecimiento y desahogo de pruebas, alegatos, recursos y amparos, además de que en los casos proceda también se podrá tramitar medios preparatorios al juicio, así como toda clase de providencias precautorias.

A continuación se establece un catálogo del cual se desprenden los casos en que con más frecuencia se hace necesaria la intervención del área mercantil:

a) Asesoría en adquisiciones, enajenaciones y alquileres

b) Asesoría y tramitación en expedición, recepción y en materia litigiosa en cobro de títulos de crédito como pagarés, letras de cambio, cheques, etc. Incluyéndose la actividad preventiva de asegurar al cliente antes de otorgar un crédito la viabilidad de su recuperación.

c) Asesoría en compras y ventas de bienes inmuebles.

d) Asesoría y tramitación relativas a valores u otros títulos a la orden o al portador

e) Asesoría y tramitación en obligaciones entre comerciantes y banqueros.


Para el caso de que un crédito o sea recuperado, parcial o totalmente, se podrá expedir a petición del cliente, una cedula de irrecuperabilidad de adeudo que tiene efectos fiscales.